Artículo 65

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que se señalan en cada una de sus fracciones.

XIV.- Los programas, subsidios, estímulos y apoyos

Los programas, subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente: a)Área; b)Denominación del programa c)Periodo de vigencia d)Diseño, objetivos y alcances e)Metas físicas f)Población beneficiada estimada g)Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal h)Requisitos y procedimientos de acceso i)Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana j)Mecanismos de exigibilidad k)Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones l)Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo m)Formas de participación social n)Articulación con otros programas sociales o)Vínculo a las reglas de operación o documento equivalente p)Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas q)Padrón de personas beneficiarias mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial, en su caso, edad y sexo